AYUDAS AUTÓNOMOS Y EMPRESAS: “LÍNEA COVID”
El pasado 12 de marzo de 2021 entraron en vigor las nuevas ayudas para autónomos y empresas en respuesta a la pandemia de la COVID-19. Este paquete de medidas comprende dotaciones de hasta 200.000 euros a autónomos y empresas que hayan visto afectada su actividad por la crisis sanitaria.
A la espera del desarrollo normativo por parte de cada CCAA, os dejamos los aspectos claves más significativos:
¿En qué consiste la ayuda directa de la “Línea COVID”?
Son dotaciones económicas no reembolsables, que van desde los 3.000 euros hasta los 200.000 euros, para destinarlas a aquellas obligaciones que hubiesen sido generadas entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, procedentes de contratos anteriores al 12 de marzo de 2021. Algunos ejemplos son: salarios de trabajadores, arrendamientos de locales, suministros básicos (luz, agua, gas…), pago de proveedores, etc.
¿Quién puede ser beneficiario de los paquetes de ayuda a autónomos y empresas?
Podrán ser beneficiarios los autónomos y empresas, con domicilio fiscal y sede social en territorio español, cuya actividad económica se clasifique en alguno de los CNAE 09 que recoge la normativa. Algunos de ellos son:
- Hostelería y restauración (hoteles y otros alojamientos turísticos, bares, restaurantes, cafeterías…)
- Actividades culturales y deportivas (espectáculos, gimnasios, museos, teatros…)
- Actividades de transporte (taxi, transporte de pasajeros…)
- Comercio al por menor y al por mayor (textil, calzado, joyería…)
Requisitos, entre otros:
- Disminución en un 30% del volumen de operaciones anual de 2020 respecto al 2019.
- Hallarse al corriente de pago respecto a las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Mantener la actividad social de la empresa hasta el 30/06/2022
- No repartir dividendos, ni incrementar las retribuciones del personal de alta dirección, durante 2 años.
Otras medidas:
Con el objetivo de reforzar y proteger el tejido empresarial, podrá solicitarse un aplazamiento de hasta un máximo de seis meses en el ingreso de retenciones del modelo 111 del primer trimestre. Este aplazamiento no comportará intereses de demora durante los cuatro primeros meses.
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